Preguntas frecuentes

  • Uno de los componentes centrales de la estrategia de Efecto Colectivo es el fondo para innovaciones con potencial de transformar la educación, promoviendo, fortaleciendo y escalando aquellas que cuenten con soluciones efectivas para catalizar su impacto en el ecosistema educativo.

    Efecto Colectivo busca mover la aguja en los resultados que son críticos para romper con los ciclos de exclusión.

    El Fondo Efecto Colectivo, orientado a este propósito, está dirigido a organizaciones de la sociedad civil que propongan innovaciones educativas escalables en todo el territorio nacional en tres líneas de acción:

    1. Aprendizajes clave y habilidades cognitivas.
    2. Convivencia y habilidades socioemocionales.
    3. Tecnologías educativas.

    Efecto Colectivo cuenta con cuatro componentes para apoyar a las organizaciones con proyectos seleccionados:

    1. Financiamiento de hasta 300.000 USD (trescientos mil USD) (a estipularse en pesos chilenos al tipo de cambio de la fecha de firma de contrato) a ejecutarse en un plazo de entre 2 y 4 años.
    2. Acompañamiento técnico.
    3. Estrategia de impacto colectivo.
    4. Seguimiento, evaluación y aprendizajes (SEA).

    El proceso de postulación se abre el 06 de diciembre de 2023 y cierra con el anuncio de las organizaciones ganadoras en abril de 2024.

  • Nuestro propósito es asegurar una experiencia educativa transformadora, que permita que las y los estudiantes se desarrollen plenamente para los tiempos que vivimos y los futuros.

    Nuestra teoría de cambio sostiene que, al brindar apoyo en el escalamiento a los proyectos que desarrollan innovaciones efectivas y alinear sus esfuerzos dentro de un marco de impacto colectivo, aumentan las probabilidades de transformar el sistema educativo.

  • El fondo es por esencia colaborativo, por lo que es requisito postular en alianzas que fortalezcan la intervención y permitan escalar el impacto. Dentro de las alianzas, pueden participar dos tipos de organizaciones definidas de la siguiente manera, de acuerdo al inciso 3.1 de las bases.

    Organizaciones postulantes: Organizaciones que desarrollen soluciones de innovación educativa, con evidencia de su efectividad, (es decir, con un piloto realizado y una evaluación de resultados positiva) y que tengan potencial de escalamiento. Podrán postular organizaciones que se encuentren constituidas en Chile como personas jurídicas sin fines de lucro, (tanto Corporaciones como Fundaciones), que se encuentren vigentes al momento de la postulación con mínimo 2 años de constitución demostrable mediante un certificado de vigencia. Quedan excluidas personas jurídicas con fines de lucro, tanto civiles como comerciales; municipalidades, corporaciones municipales y personas jurídicas de derecho público de todo tipo.

    Instituciones socias: Las instituciones socias pueden ser, personas jurídicas con fines de lucro (tanto civiles como comerciales, siempre y cuando cuenten con un propósito social y cuyos servicios estén dirigidos a una población vulnerable o que cuente con elementos únicos para complementar la propuesta de la organización postulante. De esta forma, tanto universidades u otras organizaciones sin fines de lucro, empresas B, emprendedores sociales o start-ups podrán participar como socias de la organización postulante.

  • La organización postulante es la titular de la iniciativa innovadora a postular, en caso de ser seleccionada, será la organización beneficiaria, quién recibirá el financiamiento, será la responsable final del proyecto y fungirá como contraparte de Efecto Colectivo como administradora del Fondo Efecto Colectivo.
    La institución socia, de una iniciativa que resultara seleccionada como ganadora del fondo Efecto Colectivo, como parte primordial del proyecto, participará de las instancias de acompañamiento, aceleración y mentoría y podrá recibir hasta el 40% de los fondos adjudicados a la organización postulante, siendo responsable de la ejecución de los mismos.

  • Las postulaciones se deben ingresar en nuestro sitio web: www.efectocolectivo.org donde se podrá dar respuesta al formulario, adjuntar los documentos requeridos, guardar y enviar una vez que haya sido completada.

  • Las organizaciones postulantes podrán postular un único proyecto por organización.

    Las instituciones socias, pueden participar en más de un proyecto, sin embargo, en caso de ser seleccionados en más de un proyecto en los que participe, se evaluará su capacidad para responder efectivamente a las necesidades de cada una y su disponibilidad de participación en las actividades e instancias requeridas en la estrategia de impacto colectivo implicadas en la ejecución del proyecto.

    • Información general sobre la organización: Nombre del proyecto, Nombre de la organización postulante, Sitio web de la organización postulante, Tipo de la organización, Descripción de la organización, Región de implementación del proyecto, Piloto realizado, Cuenta con experiencia en el territorio seleccionado, Link a ejemplo de intervención, Reconocimientos
    • Documentos de admisibilidad: Razón social de la organización postulante, RUT, Domicilio de la organización postulante, Administración / Representante legal, Fotocopia simple de RUT, Certificado de vigencia del directorio y de la organización postulante, Cédulas de identidad del representante legal, Copia de los estatutos de la organización postulante, Declaraciones juradas*
    • Innovación educativa: Línea de acción, Propósito del proyecto, Duración del proyecto, Monto total del proyecto (en pesos chilenos), Monto solicitado a Efecto Colectivo, Instala capacidades, Explique en qué usuario de la comunidad educativa se instalarán las capacidades, Describa los mecanismos de instalación de capacidades, Adjunta Video
    • Asociatividad estratégica: Institución socia, con la que postula (principal), Sitio web de la institución socia, Tipo de organización, Propósito de la organización
      Rol en la asociación estratégica, Descripción de la alianza, Postula con más socios
      En caso de postular con más socios, detallar sus nombres y describir brevemente la alianza
    • Potencial de escalamiento: Descripción del problema o necesidad principal que aborda la innovación educativa, Población afectada por el problema o necesidad y su grado de vulnerabilidad indicando la fuente donde extrae los datos , ¿Qué programas existen en Chile y/o el mundo para resolver su problema?, Describa por qué su solución aborda de mejor forma el problema planteado. Cuenta con evaluación de resultados, Describa los resultados obtenidos en caso de haber respondido sí a la pregunta anterior, Total de beneficiarios directos que serán atendidos por el programa durante el plazo de ejecución, Total de beneficiarios indirectos que serán atendidos por el programa durante el plazo de ejecución, Meta de escalamiento.
    • Compromisos de participación: En caso de ser seleccionada la organización se compromete a participar de todas las instancias de: acompañamiento técnico programadas por Efecto Colectivo; Seguimiento, Evaluación y Aprendizaje de Efecto Colectivo; se compromete a suscribir por convenio a la Estrategia de Impacto Colectivo desarrollada y facilitada por Efecto Colectivo.
  • Calidad del diagnóstico, pertinencia problema-solución, número de beneficiarios, resultados esperados, monto solicitado, contextualización en el territorio.

  • La postulación al fondo Efecto Colectivo se realizará en tres etapas. Es condición necesaria haber participado de la primera para poder continuar con el proceso. La plataforma de postulación del fondo Efecto Colectivo, como única vía de recepción de postulaciones, cierra el 30 de Enero de 2024 a las 23:59 horas.

  • Si, debe ser una iniciativa de educación formal. Efecto Colectivo aspira a impactar indicadores relacionados con educación formal en nuestro país.

  • Implica que la iniciativa de educación educativa que se postule debe haber sido diseñada e implementada al menos una vez por la organización postulante, habiendo completado un ciclo de aprendizaje alrededor de su desarrollo, pudiendo probar su viabilidad, eficacia, riesgos y supuestos asociados y evaluando cómo funciona la configuración de sus componentes.

  • Según se define en el anexo 5.3 de las bases de postulación al Fondo Efecto Colectivo, entenderemos instalación de capacidades en docentes y equipos directivos como aquellos procesos para fortalecer y desarrollar las habilidades, conocimientos y competencias necesarios en docentes y equipos directivos para llevar a cabo su labor de enseñanza de manera efectiva y adaptativa. Implica proporcionar experiencias, estrategias y recursos para que desarrollen y mejoren constantemente, manteniéndolos actualizados y preparados para enfrentar los desafíos cambiantes de la educación y finalmente logren desarrollar los aprendizajes y habilidades que sus estudiantes requieren, de forma sostenida

  • Las iniciativas que se presentan para ser escalables deben contar con evidencias de efectividad o resultados positivos, que den garantías que su buen desempeño. Estas evidencias pueden ser evaluaciones de resultados o de impacto que tengan. En la postulación inicial estas deberán ser referenciadas.

  • Que la organización cuente con información relevante sobre la medición de los resultados del proyecto en relación con sus objetivos, metas, y propósito. Se espera que permita aprendizajes respecto de los componentes de éxito y los espacios de mejora para la toma de decisiones y amplificación del impacto.

    A manera de guía, ya que pueden estar configuradas de maneras distintas, algunos componentes relevantes de una evaluación de resultados contemplan: desempeño de indicadores, evaluación de la efectividad, ajustes y mejoras al diseño del proyecto inicial.

  • Debe cumplir con todos los componentes detallados en la sección 4.1 de las Bases de postulación del Fondo Efecto Colectivo.

    Durante el proceso de postulación será requisito indispensable presentar los siguientes documentos:

    • Estatutos actualizados – Escritura constitución de organización – Modificaciones (eventual).
    • Poderes de representación vigentes a la fecha (documento formal que refleja las facultades de firma de contrato de su representante legal.) – Facultades órgano de administración; – Representantes legales. (Nombre-Rut-Nacionalidad).
    • Declaración jurada de que ningún trabajador, gerente, ejecutivo de la alta administración o director de su organización se encuentra actualmente sujeto a una investigación por cualquier acto ilícito de corrupción (local y/o internacionales) y no se ha presentado esta situación en el pasado.
    • Declaración jurada de que ningún trabajador, gerente, ejecutivo de la alta administración o director de su organización es en la actualidad también Persona Expuesta Políticamente (PEP) o un funcionario público y detallar si se ha presentado esta situación en el pasado (hasta 1 año atrás).
    • Declaración jurada de que ninguno de los socios administradores, representantes, apoderados, directores de la institución es familiar (parte relacionada) de algún ejecutivo, socio o director de la administración de Efecto Colectivo.
    • Demostrar situación financiera fiel y fidedigna a la fecha – Últimos balances financieros – Balance últimos 2 años (eventual)
    • Demostrar cumplimiento tributario adecuado a la fecha – Comprobante inicio de actividades SII – Antecedentes Tributarios (Iniciación de actividades, fecha de inicio y actividad económica)
    • Indicar si en su organización existe implementado un programa/ sistema de cumplimiento, de acuerdo con la Ley 20.393 (Responsabilidad Penal de la Persona Jurídica). (Adjuntar respaldo de las políticas y/o procedimientos que sustentan el programa en su organización).
    • Verificar compliance: si cuenta con código de ética o de conducta, políticas o manual de prevención de delitos, políticas financieras políticas de relacionamiento con terceros (proveedores, socios comerciales, funcionarios públicos, personas expuestas políticamente, donaciones, etc.) En caso de no contar con documentos propios, la organización deberá acatar los lineamientos conforme a los documentos de Fundación Reimagina.
  • La institución socia debe estar constituida legalmente, tal como se especifica en el inciso 3.1.2 de las bases de postulación al fondo Efecto Colectivo.

  • No. Las universidades pueden postular únicamente como instituciones socias.

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